jueves, 28 de noviembre de 2013

Joven con Asperger desaparece en Texas

Una familia hispana busca desesperadamente a su hijo con síndrome Asperger quien desapareció en Bedford. El Departamento de la Policía de Bedford está pidiendo la ayuda del público para localizar a Luis Araud, quien fue visto por última vez el 9 de noviembre alrededor de las 2:00 p.m. cuando estaba caminando con su perro en Bedford, Texas.
Araud tiene 28 años de edad, mide aproximadamente seis pies de altura, tiene cabello negro y ojos cafés.
Ha que rogar por esta familia, quienes sufren por su hijo, y deben de estar muy preocupados y angustiados. 
Hay que enviarles mucho apoyo. 

Actores gallegos hacen poses para ayudar a gente con Asperger

Un total de 24 actores y actrices gallegos protagonizan el calendario solidario de la Asociación Gallega de Familias Afectadas por el Síndrome de Asperger (Asperga), que permitirá a la organización recaudar fondos para el desarrollo de su programa de atención a personas con este trastorno en Galicia. Entre los rostros conocidos, participan en esta iniciativa Lucia Regueiro, Alejandro Carro, Beatriz Serén, Saamira Ganay, María Mera, Luís Iglesia, Mara Sánchez, Monti Castiñeiras, Rubén Riós, Xaquín Domínguez, Federico Pérez, Fernando Tato, Raquel Espada, Pedro Brandariz, Brais Abad, Sergio Quintana, María Polo, Chus Álvarez, Marta Doviro, Cesar Goldi, Victoria Teijeiro, Fernando Morán, Xulio Abonjo y Manue Lou.
Todos ellos aparecen en el calendario, firmado por el fotógrafo ferrolano Edu Pereira, que tiene el cine como hilo conductor al inspirarse en 12 películas o series de televisión conocidas. Para recrear las escenas, se ha utilizado una técnica que combina la imagen real con la digital, según ha explicado, en rueda de prensa, el autor de estas fotografías. En concreto, las fotografías del calendario recrean escenas de Cisne Negro, Juego de Tronos, Ágora, King Kong, Jurasick Park, Star Wars, Gladiator, Lost, Pulp Fiction, Celda 211, Alien y El Señor de los Anillos.
En la presentación, Irene Montero, de Asperga, acompañada por algunos de los actores que participaron en esta iniciativa, ha agradecido la colaboración desinteresada de todas las personas que se sumaron al proyecto. Además, ha recordado que el Sindrome de Asperger es un trastorno neurológico que se enmarca dentro de los trastornos de espectro autista (TEA) y que afecta de 3 a 7 de cada 1.000 nacidos, especialmente varones.
Hay que agradecer a toda esta gente por ayudar a los Aspergianos. La apreciamos mucho.

lunes, 18 de noviembre de 2013

La chica llamada Emily Billis

Voy a hablar sobre una chica llamada Emily Billis. Fue diagnosticada con Autismo en los 2 años y medio. Hacia ruido, no dormia bien, no le gustaba cierta comida, entre otras cosas. En su infancia, fue a muchos programas de tratamiento para Autismo. Pero, podia leer y entender las cosas a los 4 años, y podia recordar las cosas. Despues, tuvo una vida buena, saludable y eXitosa. Se va a casar en el verano, va a la universidad y ha tenido varios empleos. Le esta pidiendo a los padres que tengan hijos con Autismo que no se rindan con sus hijos. Les aconseja a buscar sus talentos y desarrollarlos. Esta muy agradecida con sus padres.

miércoles, 6 de noviembre de 2013

Ricardo, el Asperger y la política judicial

¿Qué tanto se puede restringir la capacidad jurídica de una persona discapacitada sin violar sus derechos fundamentales? La 1ª Sala de la Corte se enfrentó a este problema cuando concedió el amparo a Ricardo Adair Coronel Robles hace pocos días. Si bien la sentencia generó opiniones divididas (la Conapred, por ejemplo, fue muy crítica), creo que la mayoría celebró la decisión por considerar que le restituyó sus derechos a Ricardo. Pero la cosa no es tan fácil. Ya se sabe que el diablo está en los detalles y por eso vale la pena analizar más a fondo la resolución, los argumentos. Especialmente porque la decisión tiene varias capas y no sólo importa lo dicho por la Corte sobre los derechos de Ricardo. Además, en este caso se enfrentan dos concepciones sobre la manera de proceder de un tribunal constitucional, lo cual deja ver algo del juego político al interior de la Corte.
 Al analizar la constitucionalidad del régimen de la interdicción en el D.F., la Corte concluyó que en la ciudad de México se sigue el modelo de “sustitución en la toma de decisiones”, el cual consiste en que una persona (en este caso el tutor) se sustituye de manera casi absoluta en la voluntad del “incapaz”. Así, las decisiones relevantes le corresponden al representante. El problema es que este modelo choca con uno más protector de los derechos de Ricardo, el de “asistencia en la toma de decisiones”, previsto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Debido a esta incompatibilidad, parecería lógico que la Corte declarara la inconstitucionalidad de las normas sobre interdicción. No lo hizo así pues optó por la “interpretación conforme”, una herramienta mediante la cual los jueces pueden “eliminar” la inconstitucionalidad de una norma sin necesidad de declararla inconstitucional.
El único voto en contra en el amparo de Ricardo fue del ministro José Ramón Cossío. ¿Significa que el ministro se opone a los derechos de los discapacitados? No, en lo absoluto. Tal como sucedió recientemente en el asunto sobre la jerarquía de los tratados, el ministro estimó que el proyecto se quedó corto porque la decisión debió haber sido la inconstitucionalidad sin más de los artículos sobre la interdicción. En opinión del ministro Cossío:
  • La Corte analizó todo el diseño de la interdicción en el D.F. cuando en realidad en la demanda de amparo sólo se impugnaron dos artículos.
  • La “interpretación conforme” es una opción viable cuando existen varias posibilidades interpretativas, no cuando la norma se opone con tanta contundencia a la Constitución.
  • La “interpretación conforme” que se usó va en contra de la obligación de México consistente en adaptar su legislación a los tratados internacionales.
  • No declarar la inconstitucionalidad genera incentivos perversos porque se mantiene una legislación inconstitucional. En otras palabras, no se obliga al legislador a hacer nada sino que el juez hace toda la chamba.
En el caso concreto, creo que la Corte debió haber declarado la inconstitucionalidad de las normas sobe interdicción, especialmente porque son claramente contrarias a la Constitución y a los tratados. No veo manera de interpretarlas de otro modo salvo ignorándolas del todo y eso no es interpretar. Estoy convencido que la “interpretación conforme” es una herramienta útil pero que en casos tan claros como éste debe ser un último recurso y no la primera opción. ¿Así pasó en la Corte? ¿Se trató de buscar un consenso? Es imposible saberlo pero sospecho que sí. Como sea, el caso nos deja mucho material para reflexionar.